2025: Un año para adaptarse a la Ley Antifraude
Los plazos ya están claros: Julio de 2025 será el mes en el que sólo se podrán vender software empresariales homologados con la nueva Ley Antifraude; enero de 2026 será el momento en el que las empresas, todas -excepto aquellas que ya se acogen al SII o las que cumplen con el tiquetBAI-, deberán utilizar los programas de facturación de los software homologados. Y en julio de 2026 finalizará el plazo de gracia concedido a los autónomos personas físicas para que comiencen a usar software homologados.
Parece que queda mucho tiempo, pero no es así. En sólo siete meses los software empresariales que se comercialicen en el mercado serán aquellos homologados según la nueva Ley Antifraude, tal y como se aprobó en el reglamento de programas de facturación de la norma que se publicó en el BOE a través de la Orden HAC/1177/2024 el pasado 17 de octubre de 2024. A partir de ese momento, cualquier compañía que adquiera un programa de contabilidad distinto al aprobado por Ley estará incurriendo en delito y podrá enfrentarse a una sanción de 50.000 euros por ejercicio fiscal, por la mera tenencia de un programa que permita ocultar una segunda contabilidad o que no cuente con la certificación adecuada.
La Ley Antifraude, también conocida como Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, es una de las normativas más ambiciosas que se han aprobado en España con el fin de aumentar el control tributario sobre las empresas y autónomos e incentivar el cumplimiento voluntario de sus obligaciones fiscales. Aunque la norma tiene ya casi 4 años de vida, no será hasta este año cuando se aceleren las cosas en materia de facturación. De ahí que la mayoría de las empresas que aún no lo hayan hecho deberán comenzar a usar un software homologado y certificado por el Ministerio de Hacienda que emita facturas con código QR que se envíen automáticamente a la Administración Pública.
Bien es cierto que no será hasta enero del próximo año cuando las organizaciones tendrán la obligación de usar este tipo de programas, pero antes tendrán que adquirirlo y formarse para que el día 1 de enero de 2026 lo usen con normalidad.
¿Qué software podrán utilizar las empresas?
La norma deja claros los aspectos clave que debe cumplir el software elegido por las compañías. Este software debe ser capaz de generar un registro de facturación de alta por cada producto, bien o servicio prestado, a la vez o antes de emitir la factura; debe estar en constante comunicación con la Administración Tributaria, enviarla información continuamente y permitirle el acceso directo a los datos; debe facilitar la verificación de los registros de facturación; no puede ocultar o alterar datos originales ya registrados; y debe contener un registro de eventos que refleje todas las interacciones y operaciones en el sistema informático.
Herramientas como Sage 50, Sage 200, Sage Despachos Connected y Sage X3 son opciones que cumplen con los requisitos legales.
¿Por qué adquirir ya el software si hay plazo hasta enero de 2026?
Adelantarse al deadline y ponerse al día con la norma es un consejo a tener en cuenta. Por un lado, porque, de esta manera las empresas tendrán más tiempo para adaptarse al programa y contarán con más facilidades para la formación; y por otro, porque cuanto más margen haya más ofertas encontrarán en el mercado. Además, actualmente está en vigor el Kit Digital, con ayudas de hasta 29.000 euros. Si lo dejan para el último momento pueden correr el riesgo de encontrarse con un mercado muy tensionado con mucha demanda y una oferta más reducida.
¿Todos los distribuidores y/o fabricantes de software ofrecen formación?
Tener tiempo para analizar bien a todos los actores que venden softwares homologados y cuestionar sus tiempos de entrega, canales y servicios de formación, soluciones técnicas, etcétera, es un ejercicio que cualquier empresa que ahora se plantee el cambio debe hacer. No todos los fabricantes y distribuidores asesoran y acompañan a sus clientes, por lo que esta decisión no es baladí.
Empresas como Grupo Solitium llevan tiempo dedicando parte de sus recursos a evangelizar y asesorar a las organizaciones, clientes y no clientes, y explicarles las implicaciones de las nuevas normativas para sus estructuras contables, y ofrecer, además, soluciones y herramientas a medida.